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Las elecciones municipales del 12 de abril de 1931 transformaron el poder municipal, especialmente en el ámbito rural, que ya estaba impregnado de cultura política urbana y de esperanzas de un profundo cambio socio-político. En Benigànim, la candidatura antimonárquica obtuvo la totalidad de concejalías en disputa. Se había articulado en torno al Partido Republicano Radical-Socialista, de centro-izquierda, pero con la participación de socialistas. La destrucción del archivo municipal en abril de 1936 impide profundizar en las políticas desarrolladas y en el personal político que componía el consistorio. Desde 1931 desempeñaba el cargo de alcalde Bautista Cuquerella Sanchis, ugetista y republicano blasquista. En dicho año la composición municipal había variado, dado que cuatro concejales se declaraban republicanos “independientes”.
En medio de una crisis económica, el nuevo ayuntamiento debía afrontar los problemas que aquejaban al vecindario desde una perspectiva favorable a los intereses populares. La ausencia de alcantarillado incidía en la calidad de vida y en la salud de la ciudadanía, así como los problemas de suministro eléctrico. También era necesario encauzar el agua de lluvia para evitar las inundaciones. Así se exponía la primordial aspiración de los gestores del municipio ante la Cámara Oficial de Comercio de Valencia: “Construcción de alcantarillado y depuración de aguas”. Por otro lado, la preocupación por la cultura y la educación, fundamental en el ideario republicano y de la izquierda obrera, era también prioritaria. Se proponía la “creación de bibliotecas y parques escolares” y se ofrecía el complejo conventual de los franciscanos al Ayuntamiento de Valencia para el establecimiento de colonias escolares.
Uno de los principales objetivos de los ediles fue la reversión del convento, que había sido cedido en usufructo al pueblo por el Estado en 1878. Sin embargo, en 1890, sin autorización estatal, un alcalde lo devolvió a los religiosos. El ayuntamiento republicano inició en 1932, infructuosamente, la tramitación de la nulidad del usufructo, el abandono de la orden y la cesión al municipio para su conversión en centro escolar.